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¿Quieres formar parte del equipo de Gestoría Rivas?

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16.01.19

¿Quieres formar parte del equipo de Gestoría Rivas?

  Gestoría Rivas Carmona SLP, necesita cubrir un puesto de trabajo. Las características del puesto y los requisitos necesarios son los siguientes:   - Se ofrece contrato indefinido. - Necesaria Formación Profesional en Administración y Finanzas o similar. - Conocimiento del Plan General Contable. - Muy valorable conocimientos en el programa "Sage Despachos" o programas del entorno Sage. - Valorarable conocimientos en Impuestos. - Salario según valía; Aproximadamente entre 14.000 brutos y 19.000 brutos anuales.   Si cumples éstos requisitos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, en el teléfono que puedes ver en nuestra web, estudiaremos tu CV, y nos pondremos en contacto contigo para continuar con el proceso de selección.   La incorporación será lo antes posible.   Si tienes alguna duda sobre nuestra oferta, no dudes en contactar con nosotros.   ¡Gestoría Rivas, te está esperando!

Medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler

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20.12.18

Medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

Real decreto-ley 21/2018 (14/12/2018)

  - Duración del contrato: Para los contratos de arrendamiento de vivienda firmados a partir del día 19 de Diciembre de 2018. la prórroga obligatoria pasa de 3 a 5 años. En el caso de que el arrendador sea sea persona jurídica, dicha prórroga se fija en 7 años. - Prórroga tácita: pasa de 1 a 3 años. Cuando no se comunique con al menos 30 días de antelación, por cualquiera de las dos partes, su voluntad de no renovar el contrato de arrendamiento, dicho contrato se porrogará durante 3 años más. - Renta: La revisión de la renta la establecerán ambas partes. Si no se hubiera determinado el índice al que remitirse, se utilizará el Índice de Garantía de Competitividad. - Las obras de mejora: No deben suponer elevación de la renta en los primeros 5 o 7 años, si el arrendador fuese persona jurídica. Transcurridos 5 o 7 años, salvo pacto en contrario, se podrá incrementar en la cuantía que resulte de aplicar el capital invertido al interés legal aumentado en 3 puntos, sin que pueda superar nunca el 20% de la renta. Si la mejora afecta a elementos comunes del edificio en régimen de propieda horizontal, sólos e podrá repercutir lo que corresponda al arrendador. - Gastos de gestión: Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización de contrato, serán obligatoriamente a cargo del arrendador, cuando éste sea una persona jurídica, exceptuando los servicios contratados por iniciativa del arrendatario. - Fianza: Se fija en dos mensualidades de renta, como máximo, las garantías adicionales que el arrendador puede exigir al arrendatario.- - Viviendas de uso turístico: Se podrá prohibir el uso de las viviendas como arrendamiento turístico mediante acuerdo de las 3/5 partes de propietarios y cuotas. La medida no fue convalidada y por tanto sólo tiene vigencia entre el 19 de diciembre del 2018 al 23 de enero del 2019 (ambos incluidos). Para cualquier duda. Os recordamos que nuestro horario es de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, de Lunes a Viernes. En el siguiente enlace, podéis encontrar nuestra información de contacto. https://gestoriarivas.com/contacto/   Enlaces de interés: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/633633-rd-ley-21-2018-de-14-dic-medidas-urgentes-en-materia-de-vivienda-y-alquiler.html http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/506797-ley-4-2013-de-4-de-junio-de-medidas-de-flexibilizacion-y-fomento-del-mercado.html http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.html https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2018/12/18/770725-todo-lo-que-debes-saber-sobre-la-duracion-de-los-contratos-del-alquiler-tras-la https://www.lavozdegalicia.es/noticia/opinion/2019/01/28/alquileres-reforma-breve-historia/0003_201901G28P14993.htm  

Gestoría Rivas les desdea Feliz Navidad. Cerramos días 24 y 31

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Gestoría Rivas les desdea Feliz Navidad y próspero Año Nuevo.   Como cada año, el equipo de Gestoría Rivas quiere desearles una Feliz Navidad, y un próspero Año Nuevo. Aprovechamos para recordar que pueden susbcribirse a nuestro boletín, así como seguirnos en nuestras redes sociales. De esta manera, les podremos mantener informados de comunicaciones importantes. Así mismo, recordaros que los días 24 y 31 de Diciembre, nuestra oficina permanecerá cerrada.  

¿Quieres formar parte del equipo de Gestoría Rivas? ¡Te estamos buscando!

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07.02.18

Oferta de empleo. ¿Quieres formar parte del equipo de Gestoría Rivas? ¡Te estamos buscando!   Gestoría Rivas Carmona SLP busca, para incorporación inmediata, auxiliar administrativo, con dominio del Plan General Contable y conocimientos de fiscalidad. Salario a convenir, según valía.   Muy valorable conocimientos en el programa "Sage despachos"   Si cumples éstos requisitos, no dudes en contactar con nosotros, a través de nuestro teléfono, el formulario de contacto de nuestra web,  cualquiera de nuestras redes sociales, o en nuestra oficina.   Enlaces: Contacto LinkedIn Facebook Twitter Google+

Gestoría Rivas les desdea Feliz Navidad y próspero Año Nuevo

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21.12.17

Gestoría Rivas les desdea Feliz Navidad y próspero Año Nuevo.   La dirección y el personal de Gestoría Rivas os desea una Feliz Navidad y venturoso 2018.

  Imagen de cabecera: Diseñado por Freepik    

Abrimos todo Agosto de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00

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11.08.17

Abrimos todo Agosto de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00.   Como siempre, os recordamos que durante Agosto, también estamos disponibles en nuestro horario habitual, de Lunes a Viernes. Fuera de éste horario, se requerirá cita previa.   Para cualquier consulta o petición, podéis contactar con nosotros a través de:  

  • Nuestra página web
https://gestoriarivas.com/
  • Facebook
https://www.facebook.com/gestoriarivas  
  • Twitter
https://twitter.com/Gestoriarivas  
  • LinkedIn
https://www.linkedin.com/in/gestoria-rivas-carmona-87a94541/  
  • Google Plus
https://plus.google.com/u/0/115432499843887959943      

Añadimos un nuevo teléfono de contacto.

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16.02.17

Añadimos un nuevo teléfono de contacto. Os enviamos esta nueva entrada a nuestro blog, con una actualización importante en cuanto a la información para contactarnos. Como siempre, desde el equipo de Gestoría Rivas, intentamos dar el servicio más completo, y más eficiente, y para ello, os dejamos un nuevo teléfono móvil de contacto, en el que podéis contactarnos a través de SMS, llamadas, Telegram o WhatsApp. El teléfono móvil es el siguiente: 640 772 735. Además, os recordamos nuestro teléfono de siempre: 91 640 71 90. También nos tenéis a vuestra disposición a través del formulario de contacto de nuestra página web: https://gestoriarivas.com/?page_id=858

Horario de atención al cliente

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08.02.17

Horario de atención al cliente:   Recordamos a todos nuestros clientes que el horario de atención; Para poder garantizar la calidad y la eficiencia en el servicio, como siempre hemos intentado, será el siguiente:   DE LUNES A VIERNES MAÑANAS  DE  09.00 A 14.00 HORAS. TARDES DE 16.00 A 19.00 HORAS.   Fuera de estos horarios  será necesario cita previa.   Aprovechamos este comunicado para comunicaros que en nuestra oficina, una vez más, buscando la máxima calidad en nuestro servicio, tenemos personal que puede atender cualquier gestión en inglés.   Quedamos a vuestra disposición para cualquier gestión. ¡Muchas gracias!

Gestoría Rivas Carmona SLP les desdea Feliz Navidad y próspero Año Nuevo

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23.12.16

Gestoría Rivas Carmona SLP les desdea Feliz Navidad y próspero Año Nuevo. OHPOCK0.

Una sentencia del TSJM declara la prestación por maternidad exenta de IRPF

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28.11.16

La Sentencia declara la prestanción por maternidad exenta de IRPF. La pasada semana todos los medios de comunicación han publicado una noticia de gran impacto mediático sobre la exención o no en el impuesto sobre la renta de las personas físicas de las prestaciones por maternidad recibidas por un contribuyente. El efecto práctico, para todos aquellos contribuyentes que puedan estar pensando en seguir los pasos  de este contribuyente,  no es nada fácil. En primer lugar la sentencia no crea jurisprudencia, por lo tanto la agencia Estatal de la Administración tributaria no está obligada a cumplir dicha sentencia. La AEAT no ha cambiado su criterio, interpretando por tanto que las prestaciones de maternidad abonadas por la seguridad social están plenamente sujetas al IRPF, por lo que cualquier  reclamación se enfrentara al desacuerdo de la AEAT y deberá dirimirse en los tribunales. Antes de iniciar las acciones será necesario analizar los costes de la reclamación y los hipotéticos beneficios en el caso de que el fallo sea favorable, hecho este que no esta garantizado.   A continuación, os adjuntamos el enlace para leer la sentencia completa.   Si tenéis alguna duda, podéis contactar con nosotros a través del teléfono que podéis ver en nuestra página web   ¡Gracias!